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Corte Suprema

GIMENEZ MARIA DEL CARMEN c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en un reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, y dejó sin efecto la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del precedente Carabajal (Fallos: 332:12), ordenando dictar nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 684. XLV. RHE
Recurso extraordinario Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Instituto de ayuda financiera Precedente carabajal Remision a fundamentos Costas Nuevo fallo

¿Quién es el actor?

María del Carmen Giménez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Instituto de Ayuda Financiera (Estado Mayor General del Ejército, recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causa caratulada "s/ personal militar y civil de las FFAA. y de Seg.").

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se remite la causa al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas por el apelante son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "Carabajal" (Fallos: 332:12), cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad. Transcripción textual:

"Que las cuestiones propuestas por el apelantes resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Carabajal' (Fallos: 332:12), cuyos fundamentos corresponden dar por reproducidos por razón de brevedad."

"Los jueces Fayt y Zaffaroni se remiten a su disidencia parcial en la citada causa."

"La jueza Argibay comparte el voto de la mayoría en cuanto al fondo del asunto, pero se expide por la imposición de costas por su orden."

Corresponde señalar que los jueces Fayt y Zaffaroni, en disidencia parcial por remisión, no comparten la solución de fondo adoptada en "Carabajal" en los puntos que cuestionaron allí; dicha disidencia no constituye la decisión del Tribunal en este pronunciamiento.

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