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Corte Suprema

BOTTO GUILLERMO FELIX s/CAUSA N° 11154

La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa de Guillermo Félix Botto, ordenando dictar una nueva resolución. Los ministros Petracchi y Argibay votaron en disidencia proponiendo desestimar la queja por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 23. XLVI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Camara nacional de casacion penal Revocacion de sentencia Admisibilidad Articulo 280 cpccn Procuracion general de la nacion Causa penal Recurso de hecho Disidencia

¿Quién es el actor?

Fiscal General ante la Cámara Nacional de Casación Penal (recurrente en la queja).

¿A quién se demanda?

Guillermo Félix Botto (causa 11.154 de la Cámara Nacional de Casación Penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa "Botto, Guillermo Félix s/ causa 11.154".

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva resolución conforme a lo decidido. Los ministros Petracchi y Argibay votaron en disidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el Tribunal comparte, en lo pertinente, los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen que antecede, a cuyos términos corresponde remitirse por razones de brevedad." (voto de la mayoría)

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Por ello proponen desestimar la queja.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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