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Corte Suprema

COLEGIO MEDICO DE FEDERAL c/ ESTADO NACIONAL AFIP s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Paraná, por apartarse de la interpretación del artículo 20, inciso f, de la Ley del Impuesto a las Ganancias fijada en el precedente Asociación Rosarina de Anestesiología. Ordenó dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 217. XLVI. REX
Impuesto a las ganancias Articulo 20 inciso f Ley de impuesto a las ganancias Contencioso administrativo Recurso extraordinario Afip Colegio medico Doctrina de fallos 332:2529 Revocacion Reenvio.

¿Quién es el actor?

Colegio Médico de Federal.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

contencioso administrativo vinculado a la aplicación del impuesto a las Ganancias, en particular del artículo 20, inciso f, de la ley del tributo.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en el precedente 'Asociación Rosarina de Anestesiología' (Fallos: 332:2529), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Corresponde, por lo tanto, revocar la sentencia apelada, en tanto esta se funda en una interpretación del artículo 20, inc. f, de la Ley del Impuesto a las Ganancias claramente distinta de la establecida en el precedente citado."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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