JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALGAÑARAZ ANGEL ALBERTO Y OTROS c/ MINISTERIO DE ECONOMIA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Se trata de un recurso de hecho interpuesto en un proceso de conocimiento contra el Ministerio de Economía. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo al precedente Mercado y ordenando dictar un nuevo fallo conforme a lo allí expuesto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 875. XLV. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Proceso de conocimiento Ministerio de economia Remision a precedente mercado Revocacion de sentencia Costas Acordada 4/2007

¿Quién es el actor?

Ángel Alberto Algañaraz y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Economía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no detalla el reclamo; sólo se remite al precedente M.3053.XLI "Mercado").

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada con el alcance indicado, con costas. Se ordenó dictar un nuevo fallo conforme a lo expuesto en "Mercado".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en las consideraciones y conclusiones del precedente M.3053.XLI 'Mercado, Alberto Duilio y otro c/ Ministerio de Economía y Hacienda de la Nación s/ proceso de conocimiento', sentencia del 2 de septiembre de 2008, a las que corresponde remitir en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

La Ministra Dra. Carmen M. Argibay votó en disidencia y consideró que "el apelante no ha cumplido con el recaudo establecido en el art. 7°, inc. c del reglamento aprobado por acordada 4/2007", por lo que desestimaba la presentación directa. Esta postura quedó en minoría.

Normas que cita

  • Acordada 4art. 7 inc. c

Fallos que cita

  • Mercado, Alberto Duilio y otro c/ Ministerio de Economía y Hacienda de la NaciónCSJN · 02/09/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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