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Corte Suprema

BASCHIERA ROSA MARIA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/DESPIDO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Universidad de Buenos Aires en un juicio por despido y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sólo en cuanto al marco legal aplicable para calcular la reparación. Dispuso que el caso continúe ante el fuero laboral por el avanzado estado de tramitación, pese a que el encuadre jurídico llevaría al fuero contencioso administrativo federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2130. XLII. REX
Despido Recurso extraordinario Marco legal aplicable Calculo de reparacion Competencia Fuero laboral Fuero contencioso administrativo federal Doctrina tellez Universidad de buenos aires Prorroga de competencia por avanzado estado.

¿Quién es el actor?

Rosa María Baschiera.

¿A quién se demanda?

Universidad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido, con reparación económica reconocida en primera instancia y confirmada en la alzada.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada en cuanto al marco legal aplicable al cálculo de la reparación, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo. Las costas se imponen por su orden. La competencia se mantiene en el fuero laboral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en atención a lo resuelto por esta Corte en 'Ramos, José Luis c/ Estado Nacional (Min. de Defensa —A.R.A.—)' (Fallos: 333:311), a cuyos respectivos votos remiten los que suscriben, en razón de brevedad, el recurso extraordinario de la demandada sólo es atendible en lo concerniente al marco legal aplicable a los efectos del cálculo de la reparación reconocida en autos. Luego, corresponde revocar la sentencia apelada en este último aspecto."

"si bien el encuadre jurídico antedicho determinaría que situaciones como la presente sean de la competencia del fuero contencioso administrativo federal, razones análogas a las que llevaron a enunciar la doctrina de la causa 'Tellez' (Fallos: 308:552) aconsejan que el sub lite, dado su avanzado estado de tramitación, continúe y finalice ante el fuero laboral."

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