ROJAS LAUREANO Y OTROS (D) c/ EN M° DEL INTERIOR GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto en un reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad contra el Estado Nacional. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.
¿Quién es el actor?
Laureano Rojas y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio del Interior – Gendarmería Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causa caratulada "Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg."). El texto disponible no detalla el monto ni la pretensión concreta.
¿Qué se resolvió?
la mayoría (Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Zaffaroni) declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y, con el alcance indicado, dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. El Dr. Fayt votó en sentido similar, por la procedencia del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresa que "comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal —con excepción del tercer párrafo del punto II—", cuyos términos da por reproducidos en razón de brevedad. El voto del Dr. Fayt sostiene la misma remisión al dictamen, "a fin de evitar reiteraciones innecesarias". No se transcriben otros considerandos en el texto disponible.
Recurso extraordinario interpuesto por el Dr. Horacio Wasserman por su propio derecho. Traslado contestado por el Dr. Fabio Nelson Acedo, apoderado del Estado Nacional. Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Instancia previa: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nº 1.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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