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Corte Suprema

WEISS OSVALDO LUIS Y OTRA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Los actores reclamaron la restitución en pesos de obligaciones negociables emitidas en dólares estadounidenses tras la pesificación dispuesta por la emergencia. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba y dispuso hacer lugar a la restitución de los importes, aplicando la doctrina del precedente Longobardi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 56. XLVI. REX
Pesificacion Obligaciones negociables Dolares estadounidenses Emergencia economica Ley 25.561 Doctrina longobardi Recurso extraordinario Restitucion de importes Amparo Banco roela s.a.

¿Quién es el actor?

Osvaldo Luis Weiss y Susana Raquel Llupia.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y Banco Roela S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo por la restitución de los importes correspondientes a obligaciones negociables emitidas en dólares estadounidenses, sometidas al régimen de pesificación de la ley de emergencia.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y dispuso hacer lugar a la restitución de los importes adeudados por la demandada, conforme a las pautas del fallo "Longobardi". Costas por su orden en todas las instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte adhiere a lo expresado en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal —excepto en los dos últimos párrafos del apartado III—, a cuyos términos remite a fin de evitar reiteraciones innecesarias." "Que las cuestiones planteadas relativas a la validez constitucional de las normas de emergencia que instauraron el régimen de pesificación, y a la aplicación de éstas a las obligaciones negociables emitidas en dólares estadounidenses, según se señaló al fallar el 23 de agosto de 2011 las causas 'Papamundo S.A. y otra c/ Solvay Indupa SAIC' (Fallos: 334:959) y O.182.XLV 'Ontivero, Laura Haydée c/ Banco Roela S.A. y otro por amparo', deben ser resueltas de conformidad con la doctrina establecida por el Tribunal en el caso 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir —en lo pertinente— por razones de brevedad."

No hay disidencias registradas en el acuerdo.

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