JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RODRIGUEZ AZZARI LUCIA CARMEN ENRIQUETA Y OTRO c/ E.N.- MIN. DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores y la demandada recurrieron extraordinariamente un pronunciamiento en un reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas sobre la forma de incorporar adicionales. La Corte Suprema declaró improcedente el recurso de la demandada, admitió parcialmente el de las actoras, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo fallo conforme al precedente Salas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 709. XLVII. REX
Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Adicionales Haberes Recurso extraordinario Precedente salas Remision a precedente Estado nacional

¿Quién es el actor?

Lucía Carmen Enriqueta Rodríguez Azzari y otro (en autos conexos, Héctor Taladriz Arico y otros).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, vinculado a la incorporación de adicionales al haber.

¿Qué se resolvió?

se declaran improcedentes los recursos extraordinarios de la demandada; se declaran parcialmente procedentes los de las actoras, respecto de la manera en que deben incorporarse los adicionales en juego; se dejan sin efecto las sentencias apeladas; se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento de acuerdo con el precedente "Salas" (Fallos: 334:275). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de los recurrentes –actores y demandada- suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 334:275 (causa: 'Salas'), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." La Corte no desarrolla fundamentos propios: remite íntegramente al precedente "Salas" para resolver la cuestión.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275

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