GARCIA MANUEL JACINTO s/S/RECURSO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa seguida a Manuel Jacinto García y otros. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y ordenó dictar nueva sentencia conforme al precedente Acosta.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Raúl Omar Pla, Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal).
Demandado / imputados: Manuel Jacinto García Tallada, Víctor Francisco Cardo, Ernesto Frimon Weber, Jorge Eduardo Acosta, Raúl Jorge González y Jorge Carlos Radice.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal, Sala II, que había resuelto la causa en favor de los imputados.
¿Qué se resolvió?
por mayoría (Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni), se declaró procedente el recurso del Ministerio Público Fiscal, se revocó la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que se dicte nueva sentencia, aplicando lo resuelto en "Acosta" (A.93.XLV, 8 de mayo de 2012). El Dr. Petracchi votó en disidencia, declarando inadmisible el recurso extraordinario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal el 8 de mayo de 2012 en la causa A.93.XLV. 'Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casación', a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad." Disidencia del Dr. Petracchi: "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casaciónCSJN · 08/05/2012
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