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Corte Suprema

Fredes, Jorge Julian y otro c/ PEN - Ley 25561 - dtos 1570/01 214/02 (Pcia. - Boston) s/amparo sobre ley 25561

Los actores promovieron amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria para obtener la restitución de depósitos en dólares estadounidenses convertidos a pesos tras la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 394. XLVIII. REX
Amparo Ley 25.561 Pesificacion Depositos bancarios en dolares Decreto 1570/01 Cer Intereses Reintegro de depositos Fallos 329:5913 Kujarchuk.

¿Quién es el actor?

Jorge Julián Fredes y otro (y otros actores acumulados en la causa "Venturuzzi" y "Barnij").

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos en aplicación de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta y sumas entregadas por cautelares. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."

"El reconocimiento de tal derecho lo es, en su caso, con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles."

Respecto de las costas de instancias anteriores se mantiene lo dispuesto por el a quo "en razón de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas".

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680
  • VenturuzziCSJN
  • BarnijCSJN

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