JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LORENZO HECTOR CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en el reclamo de reajustes previsionales de Héctor Carlos Lorenzo y revocó la sentencia apelada en el alcance fijado por el precedente Cirillo. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 399. XLVI. REX
Movilidad previsional Reajuste de haberes Recurso extraordinario Anses Precedente badaro Precedente cirillo Haber jubilatorio Art. 280 cpccn Seguridad social Actualizacion previsional

¿Quién es el actor?

Héctor Carlos Lorenzo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales, vinculados con la extensión del criterio de movilidad del precedente "Badaro" a períodos posteriores.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la demandada y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Cirillo". Se remitió a las consideraciones de ese precedente y se declararon inadmisibles los restantes agravios de la ANSeS (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se plantea en autos relacionada con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSeS son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Por ello, el Tribunal resuelve: Declarar parcialmente procedente el recurso extraordinario de la demandada y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge del antecedente 'Cirillo'. Hágase saber y devuélvase."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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