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Corte Suprema

CERIMEDO JULIO EDUARDO Y OTROS c/ EN-SIDE RESOL 17/00 s/EMPLEO PUBLICO

El recurso extraordinario interpuesto por Julio Eduardo Cerimedo contra el Estado Nacional (SIDE) por cesantía en el empleo público fue declarado procedente por mayoría. La Corte dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a los precedentes Daus y Marcelo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 295. XLVII. REX
Recurso extraordinario Empleo publico Cesantia Side Resolucion 17/00 Precedente daus Precedente marcelo Remision a precedentes Disidencia maqueda Estado nacional

¿Quién es el actor?

Julio Eduardo Cerimedo y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), Resolución 17/00.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo relativo a empleo público (cesantía dispuesta mediante la Resolución SIDE 17/00).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo de acuerdo con los precedentes citados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en los precedentes 'Daus, Oscar Normando c/ Ministerio del Interior' (mayoría y voto concurrente de la jueza Argibay) -Fallos: 329:2886- y M.140.XLIII 'Marcelo, Osvaldo Mario y otros – incidente c/ E.N. -SIDE- resol. 17/00 s/ empleo público', sentencia del 12 de agosto de 2008, a cuyas conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad."

"Que el juez Maqueda remite a su disidencia en ambas causas."

Por ello, por mayoría, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada.

Normas que cita

  • Resolución 17/00

Fallos que cita

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