SILLES HILDA FELISA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 (FRANCES - RIO) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora, de 87 años y con severas enfermedades, reclamó la devolución de depósitos bancarios afectados por la normativa de emergencia (ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02). La Corte Suprema revocó la sentencia apelada, dejó sin efecto el pronunciamiento y ordenó dictar un nuevo fallo aplicando el criterio de los precedentes Lilian Mercedes Bastán y Rodríguez, Ramona.
¿Quién es el actor?
Hilda Felisa Silles, con patrocinio propio (la recurrente).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (P.E.N.) - ley 25.561 - decretos 1570/01 y 214/02, y la entidad bancaria Banco Francés S.A. (Banco Frances S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restitución de depósitos bancarios afectados por el régimen de emergencia económica (pesificación y reprogramación).
¿Qué se resolvió?
la Corte consideró que la inobservancia de los recaudos de la acordada 4/07 no constituye obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión, y que, dada la edad de la actora (87 años) y sus enfermedades graves (certificados médicos a fs. 74/97), corresponde aplicar el criterio de las causas "Bastán" y "Rodríguez, Ramona" (Fallos 331:901). Se revocó la sentencia apelada, se dejó sin efecto el pronunciamiento y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a la naturaleza de los agravios planteados por la recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos de la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada...)."
"...la actora que era cotitular de los depósitos reclamados contaba con 87 años de edad al momento de realizar las operaciones desafectaciones cuestionadas y padecía severas enfermedades (conf. fs. 68 y certificados médicos obrantes a fs. 74/97), resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas K.37.XLV 'Lilian Mercedes Bastán'... y 'Rodríguez, Ramona' (Fallos 331:901)..."
"Por ello, se revoca la sentencia apelada y se deja sin efecto el referido pronunciamiento. Vuelvan los autos al tribunal de origen, para que dicte un nuevo fallo con arreglo a lo resuelto en los mencionados precedentes."
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Acordada 4art. 11 del reglamento
Fallos que cita
- Bastán, Lilian Mercedes c/ P.E.N.CSJN
- Tren de la Costa c/ Estado NacionalCSJN · 07/06/2011
- Pérez Pasini, Marcelo Antonio c/ Poder Ejecutivo Nacional y otrosCSJN · 29/11/2011
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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