JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BARONI EDGARDO RAMON Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en el reclamo de los actores contra el Estado Nacional por remisión a los fundamentos del precedente Oriolo, al considerar que las cuestiones debatidas guardan sustancial analogía con las allí resueltas. En consecuencia, dejó sin efecto las decisiones apeladas y ordenó dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 853. XLVI. REX
Recurso extraordinario Estado nacional Remision a precedente Oriolo Fallos 333:1909 Costas por su orden Nuevo fallo Sustancial analogia Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Edgardo Ramón Baroni y otros; Sergio Ramón Sosa (en el expediente S.515.XLVI).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no detalla el reclamo; se trata de juicios ordinarios contra el Estado Nacional).

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las decisiones apeladas, se impusieron las costas por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida, y se ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones debatidas guardan sustancialmente analogía con las resueltas por esta Corte en la sentencia 'Oriolo, Jorge Humberto y otros c/ EN - M° Justicia Seguridad y DDHH PFA - dto. 2133/91' publicada en Fallos: 333:1909, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad." El fallo no contiene otros considerandos desarrollados; la decisión se apoya en la remisión al precedente y en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal.

Normas que cita

  • Decreto 2133

Fallos que cita

  • Oriolo, Jorge Humberto y otros c/ EN - M° Justicia Seguridad y DDHH PFA - dto. 2133/91CSJN · Fallos 333:1909

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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