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Corte Suprema

Lezcano, Jorge Alberto c/ Estado Nacional Ministerio de Defensa Ejército Argentino s/daños y perjuicios

Jorge Alberto Lezcano reclamó al Estado Nacional por daños y perjuicios derivados de una incapacidad mental vinculada a su intervención en el combate del intento de copamiento del Batallón Arsenal 121 de San Lorenzo en 1975. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, aplicando sus precedentes Aragón, Lestón y García sobre la relación de causalidad entre la afección y las tareas de seguridad del Ejército.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 677. XLVII. REX
Responsabilidad del estado Danos y perjuicios Incapacidad mental Nexo de causalidad Tareas de seguridad del ejercito Recurso extraordinario Precedente aragon Precedente leston Precedente garcia Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Lezcano, suboficial principal del Ejército.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios por la incapacidad que padece.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirma la sentencia apelada. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la incapacidad que sufre el actor está relacionada con su intervención en hechos específicos de las tareas de seguridad que incumben al Ejército. En este sentido el profesional (el perito médico) dice que la afección mental que padece el señor Lezcano presenta nexo de causalidad con los episodios experimentados por él en 1975 (...)" (considerando 3°, fs. 176/177).

"resulta de aplicación al caso el criterio adoptado por esta Corte en los precedentes 'Aragón' (Fallos: 330:5205), 'Lestón', del 18 de diciembre de 2007, y 'García' (Fallos: 334:1795)" (considerando 4°).

Se admitió formalmente el recurso extraordinario por hallarse en juego la interpretación de normas de carácter federal y por ser la decisión definitiva del superior tribunal contraria a las pretensiones del apelante (considerando 2°).

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 117

Fallos que cita

  • AragónCSJN · Fallos 330:5205
  • LestónCSJN · 18/12/2007
  • GarcíaCSJN · Fallos 334:1795

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