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Corte Suprema

HOURIET MARIO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reclamo contra la ANSeS por reajuste de su haber jubilatorio, cuestionando la extensión del criterio de movilidad del precedente Badaro y el límite de treinta y cinco años para el cálculo de la prestación compensatoria. La Corte revocó parcialmente la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241 para el caso y ordenó considerar la totalidad de los años aportados con anterioridad al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 36. XLVII. REX
Movilidad jubilatoria Prestacion compensatoria Ley 24.241 Inconstitucionalidad Articulo 24 Sistema integrado de jubilaciones y pensiones Precedente badaro Precedente cirillo Precedente barrios Anses

¿Quién es el actor?

Mario Enrique Houriet.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haber jubilatorio (movilidad y cálculo de la prestación compensatoria).

¿Qué se resolvió?

revocar parcialmente la sentencia apelada, con el alcance de los precedentes "Cirillo" y "Barrios"; declarar para el caso la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241; ordenar a la ANSeS que, al calcular la prestación compensatoria, considere la totalidad de los años aportados por el actor con anterioridad a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El planteo del actor, referente a la decisión del a quo de extender el criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, es sustancialmente análogo al examinado y resuelto por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"El agravio relacionado con el artículo 24 de la ley 24.241 y el perjuicio que ocasiona al jubilado el límite de treinta y cinco años para el cálculo de la prestación compensatoria, ha sido analizado por esta Corte al fallar en la causa B.1371.XLIII. 'Barrios, Idilio Anelio c/ Administración Nacional de la Seguridad Social', sentencia del 21 de agosto del corriente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir por razones de brevedad."

"Las restantes objeciones esgrimidas por el actor resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304
  • Barrios, Idilio Anelio c/ ANSeSCSJN · 21/08/2009

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