Hevia, José Antonio c/ Cia de Microomnibus la Colorada SACI y otros s/daños y perjuicios acc. tran. c/les. o muerte
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en un reclamo por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito con un micro de transporte. Declaró que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
José Antonio Hevia.
¿A quién se demanda?
Compañía de Microómnibus La Colorada SACI y otros; citada en garantía, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (accidente de tránsito o muerte).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Se impusieron costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la sentencia remite a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna", del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas. No transcribe argumentos propios, por lo que los fundamentos son los de esos precedentes. La jueza Argibay se remite a su disidencia en "Villarreal", por lo que su posición no integra la mayoría.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 16 (segunda parte)
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- NietoCSJN · Fallos 329:3054
- VillarrealCSJN · Fallos 331:379
- CuelloCSJN · Fallos 330:3483
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
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