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Corte Suprema

Korbs, Patricia Marta c/ EN - Mº de Defensa - Ejercito Dto. 1104/05 751/09 s/personal militar y civil de las ffaa y de seg

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Patricia Marta Korbs contra la denegación del recurso extraordinario en un reclamo de personal militar vinculado a los haberes del personal de las Fuerzas Armadas. El Tribunal declaró admisible el recurso, confirmó la sentencia con los alcances fijados en precedentes previos y dispuso que la liquidación se ajuste a lo señalado a fs. 209/210.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 74. XLVIII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Personal militar Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Haberes Liquidacion Precedente Ministerio de defensa Remision a precedentes

¿Quién es el actor?

Patricia Marta Korbs.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Defensa (Ejército).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo vinculado al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (expedientes 1104/05 y 751/09, dto. 1104/05 y 751/09).

¿Qué se resolvió?

la Corte aclaró su pronunciamiento de fs. 209/210, hizo lugar a la queja K.74.XLVIII, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia, con los alcances de los precedentes "Salas" (Fallos: 334:275) y "Zanotti" (Fallos: 335:430). La liquidación debe realizarse del modo indicado a fs. 209/210. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la aclaratoria que se formula a fs. 212/219 de los autos principales encuentra adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte, el 4 de junio de 2013, en la causa I.120.XLVIII, 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN -MO de Defensa FAA- dto. 1104/05, 751/09 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', al que corresponde remitir por razones de brevedad." Asimismo, "los agravios planteados por la actora en el recurso extraordinario (confr. fs. 107/127 de los autos principales) cuya denegación dio origen a la queja K.74.XLVIII, remiten al examen de cuestiones resueltas por el Tribunal en los precedentes S.301.XLIV 'Salas' (Fallos: 334:275); Z.115.XLVI 'Zanotti' (Fallos: 335:430), los que se dan por reproducidos en razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275
  • ZanottiCSJN · Fallos 335:430
  • Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN - MO de Defensa FAACSJN · 04/06/2013

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