JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Bridgestone Firestone Argentina SAIC (Firestone) c/ Municipalidad de Córdoba s/plena jurisdicción

La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por Bridgestone Firestone Argentina S.A. contra la Municipalidad de Córdoba, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada. La decisión se fundó en el precedente Syngenta Agro S.A. y en la doctrina del caso Laboratorios Raffo, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 919. XLVIII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Admisibilidad Acordada 4/2007 Reglamento art. 11 Plena jurisdiccion Municipalidad de cordoba Syngenta agro Laboratorios raffo Revocacion

Actor/recurrente: Bridgestone Firestone Argentina S.A. (Firestone).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Córdoba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido en el marco de una acción de plena jurisdicción contencioso administrativa seguida contra la Municipalidad de Córdoba.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, con costas. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/2007 en que ha incurrido la recurrente no constituye obstáculo insalvable para la admisibilidad de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)." Asimismo, "resulta aplicable en los presentes autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa S.294.XLVII RHE 'Syngenta Agro S.A. c/ Municipalidad de Córdoba' si contencioso administrativo', sentencia del 28 de mayo de 2013, y la doctrina del caso 'Laboratorios Raffo' (Fallos: 332:1503), precedentes a los que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Normas que cita

  • Acordada 4art. 11

Fallos que cita

  • Syngenta Agro S.A. c/ Municipalidad de Córdoba si contencioso administrativoCSJN · 28/05/2013
  • Laboratorios RaffoCSJN · Fallos 332:1503

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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