JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Pace, Daniel Fernando c/ Deheza S.A. s/despido

La Corte Suprema admitió parcialmente la queja y el recurso extraordinario en el caso Pace c/ Deheza SA, en el que se cuestionaba la facultad de los jueces de controlar de oficio la constitucionalidad de las normas. Dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado y ordenó dictar un nuevo fallo, rechazando por inadmisibles los demás agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 786. XLVII. RHE
Control de constitucionalidad de oficio Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Admisibilidad Art. 280 cpccn Rodriguez pereyra Despido Contrato de trabajo Costas en el orden causado

Actor (recurrente): Daniel Fernando Pace.

¿A quién se demanda?

Deheza SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido por la actora contra la sentencia de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un litigio laboral de primera instancia en el Juzgado Nacional del Trabajo n° 75.

¿Qué se resolvió?

Se declaran parcialmente admisibles la queja y el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, con costas en el orden causado, y se devuelven los autos para dictar nuevo fallo. Los demás agravios se declaran inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación con los planteos relativos a la atribución de los jueces y tribunales de controlar de oficio la constitucionalidad de las normas, resulta de aplicación la doctrina establecida en el precedente 'Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c/ Ejército Argentino' (Fallos: 335:2333), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." "Respecto de los demás agravios articulados, el recurso extraordinario -que, denegado, dio origen a la queja en examen- es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c/ Ejército ArgentinoCSJN · Fallos 335:2333

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