JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Arruabarrena, Andrea Viviana c/ Jumbo Retail Argentina S.A. s/despido

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en el juicio por despido de Andrea Viviana Arruabarrena contra Jumbo Retail Argentina S.A. Revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, remitiendo a los fundamentos de la causa Vietri y ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1156. XLVII. REX
Despido Recurso extraordinario Responsabilidad solidaria Banco de la ciudad de buenos aires Jumbo retail argentina Precedente vietri Remision a fallo Nuevo pronunciamiento Costas por su orden Relacion juridica

¿Quién es el actor?

Andrea Viviana Arruabarrena.

¿A quién se demanda?

Jumbo Retail Argentina S.A. (el recurso extraordinario fue interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Dr. Daniel Atilio Borroni).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios. Costas por su orden. Se remitieron los autos al tribunal de origen (Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo) para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa V.281.XLVII 'Vietri, Darío Tomás c/ Gróas San Blas y otros s/ accidente', sentencia del 12 de noviembre de 2013, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." Costas por su orden "en virtud de las particularidades de la relación jurídica sobre la que versaron las actuaciones (artículo 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Notifíquese con copia del precedente mencionado y remítanse los autos al tribunal de origen a fin de que, "por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Vietri, Darío Tomás c/ Gróas San Blas y otros s/ accidenteCSJN · 12/11/2013

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