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Corte Suprema

Aguirre, María Rosa y otro c/ EN - Mº Justicia Seguridad y DDHH - Sec de Seguridad - PFA s/daños y perjuicios

Una pareja de familiares de una víctima demandó al Estado Nacional y a la Policía Federal por daños y perjuicios. La Corte Suprema, por mayoría, declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Leston, mientras la Vicepresidenta Highton de Nolasco y el Dr. Zaffaroni votaron en disidencia para dejar sin efecto la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 490. XLVIII. REX
Danos y perjuicios Responsabilidad del estado Policia federal argentina Recurso extraordinario Costas en el orden causado Precedente leston Precedente aragon Sentencia confirmada Disidencia Estado nacional

¿Quién es el actor?

María Rosa Aguirre y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Secretaría de Seguridad) y Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas en el orden causado (art. 68, segunda parte, CPCCN). Los votos de la Vicepresidenta Highton de Nolasco y del Dr. Zaffaroni, en disidencia, declaraban procedente el recurso, dejaban sin efecto la sentencia y ordenaban dictar un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Mayoría: "las cuestiones planteadas en este juicio resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas por el Tribunal en la causa L.377.XLI 'Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuicios', sentencia del 18 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado en el precedente 'Aragón' -disidencia de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni- (Fallos: 330:5205), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir."

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 (segunda parte) · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal ArgentinaCSJN · 18/12/2007
  • AragónCSJN · Fallos 330:5205

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