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Corte Suprema

Fluixa, Wenceslao Emilio y otros c/ BCRA - resol 151/01 (expte 26331/86 - sum fin 633) s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por directores y gerente de un banco contra la multa impuesta por el Banco Central por infracciones cometidas entre 1985 y 1987. El tribunal revocó la sentencia apelada por haber transcurrido más de catorce años entre los hechos y la sanción, aplicando el precedente Losicer.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 563. XLIX. REX
Regimen financiero Sancion administrativa Prescripcion Banco central Entidades financieras Recurso extraordinario Plazo razonable Multa Directores bancarios Losicer

Actor/recurrentes: Enrique Raúl Kolton, Alberto Enrique Jaramillo y Julio Alberto Cortés, directores y gerente general del Banco Agrario Comercial e Industrial S.A.

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina (Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la resolución 151/01, que impuso multas de $52.000, $55.000 y $47.000 respectivamente, por infracciones al régimen financiero (art. 41, inc. 3°, L.E.F.).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I, con el alcance que resulta del precedente "Losicer" (Fallos: 335:1126), al que se remitió por razones de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal comprobó que transcurrieron más de catorce años entre los hechos investigados (agosto de 1985 a febrero de 1987) y el dictado de la sanción (21 de junio de 2001), mientras que el sumario se dispuso el 18 de abril de 1989. Señaló que en tales condiciones resulta aplicable el criterio establecido en la causa "Losicer, Jorge Alberto y otros c/ BCRA - resol. 169/05", a cuyos fundamentos y conclusiones se remitió. No hubo votos en disidencia.

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