JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Esso Petrolera Argentina SRL (TF 29191-A) c/ DGA s/queja

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la Dirección General de Aduanas contra la sentencia que había rechazado su pretensión en el marco de un proceso aduanero iniciado por Esso Petrolera Argentina SRL. El Tribunal consideró que el incumplimiento de los recaudos de la acordada 4/07 no impedía la admisión del recurso y aplicó el criterio fijado en la causa Petrobras Energía SA, revocando la sentencia apelada y ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 283. XLVIII. RHE
Queja Recurso extraordinario Direccion general de aduanas Materia aduanera Acordada 4/07 Recurso de hecho Tribunal fiscal de la nacion Revocacion Nuevo pronunciamiento Petrobras energia

¿Quién es el actor?

Esso Petrolera Argentina SRL (TF 29.191-A), en el proceso aduanero; la Dirección General de Aduanas figura como parte recurrente en la queja.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestión aduanera vinculada a la causa TF 29.191-A, tramitada ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravio, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. arto 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)."

"En cuanto al aspecto sustancial de la controversia, resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa P.53.XLVIII. 'Petrobras Energia SA (TF 21.509-A) c/ Dirección General de Aduanas', sentencia del 6 de marzo de 2014, a la que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Normas que cita

  • Acordada 4art. 11

Fallos que cita

  • Petrobras Energía SA (TF 21.509-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · 06/03/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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