FRATI OSVALDO MARIO c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema declaró admisible la queja interpuesta por la demandada Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia apelada. La decisión se remite a los fundamentos de la causa Modarelli (CSJN, 27/04/2010), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y devuelve el expediente para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Mario Frati.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (recurrente en queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no describe el reclamo).
¿Qué se resolvió?
Se declara admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Los autos vuelven al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí decidido. Se declara a la presentación directa exenta del depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (art. 13, inc. f, ley 23.898).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa M.182.XLIII. 'Modarelli, Nicolás José c/ ANSeS', fallado con fecha 27 de abril 2010, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Modarelli, Nicolás José c/ ANSeSCSJN · 27/04/2010
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