JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ortíz, Daniel Santiago y otro c/ Estado Nacional Argentino - Estado Mayor del Ejército s/ordinario

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por el Estado Nacional (Ministerio de Defensa - Estado Mayor General del Ejército) en una acción ordinaria iniciada por Daniel Santiago Ortiz y otro. Remitiendo a los fundamentos de la causa Pié (2012), dejó sin efecto la sentencia apelada de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 66. L. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Accion ordinaria Estado mayor general del ejercito Ministerio de defensa Sentencia apelada Remision a precedente Causa pie Costas

¿Quién es el actor?

Daniel Santiago Ortiz y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional Argentino - Estado Mayor General del Ejército (Ministerio de Defensa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no lo detalla; se trata de una acción ordinaria de la que el fallo sólo transcribe la carátula).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario, y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Se exime a la recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago queda diferido conforme la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa P.436.XLVI 'Pié, José María y otros c/ E.N.A. - Ministerio de Defensa s/ ordinario', fallada el 26 de setiembre de 2012, a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios; la solución se apoya íntegramente en el precedente citado.

Normas que cita

  • Acordada 47
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pié, José María y otros c/ E.N.A. - Ministerio de Defensa s/ ordinarioCSJN · 26/09/2012

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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