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Corte Suprema

UNION DE CONSUMIDORES DE ARGENTINA c/ CTI PCS S.A. s/SUMARISIMO

La actora Unión de Consumidores de Argentina promovió un reclamo colectivo contra CTI PCS S.A. por la facturación y cobro de cargos por pago fuera de término y por gestión de cobranza. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la actora, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
U. 24. XLVI. REX
Recurso extraordinario Accion colectiva Defensa del consumidor Cargos por pago fuera de termino Gestion de cobranza Pago indebido Restitucion Clausulas contractuales Cti pcs s.a. Sentencia dejada sin efecto.

¿Quién es el actor?

Unión de Consumidores de Argentina.

¿A quién se demanda?

CTI PCS S.A. (AMX Argentina S.A. figura como parte contestando el traslado del recurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de ilegitimidad de los cargos "por pago fuera de término" y "por gestión de cobranza" facturados y cobrados por la demandada, y restitución de lo que constituya pago indebido.

¿Qué se resolvió?

se tuvo por desistido al Ministerio Público Fiscal del recurso extraordinario de fs. 343/352; se declaró procedente el recurso interpuesto por la actora, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, en razón de brevedad, a los fundamentos de los precedentes "PADEC c/ Swiss Medical S.A. s/ nulidad de cláusulas contractuales" (P.361.XLIII, 21/8/2013) y "Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa c/ La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A. s/ ordinario" (C.519.XLVIII, 24/6/2014). Expresa: "el reclamo patrimonial puede ser distinto para cada damnificado en cuanto a su extensión, pero tiene su origen en una conducta común -que los afecta de manera similar a cada uno de ellos- consistente en la facturación y el cobro por parte de la demandada de los cargos 'por pago fuera de término' y 'por gestión de cobranza', cuya alegada ilegitimidad deberá ser examinada y -de corresponder- declarada judicialmente para generar la obligación de restitución de lo que, a raíz de esa eventual declaración, constituiría un pago indebido."

Fallos que cita

  • PADEC c/ Swiss Medical S.A. s/ nulidad de cláusulas contractualesCSJN · 21/08/2013
  • Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa c/ La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A. s/ ordinarioCSJN · 24/06/2014

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