PLATIA MARIA ROSA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad reclamó en materia previsional ante la justicia federal. La Corte Suprema declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar una nueva conforme a los precedentes Salas, Zanotti e Ibáñez Cejas.
¿Quién es el actor?
María Rosa Platia y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Ministerio de Defensa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo en materia previsional del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Qué se resolvió?
la Corte remitió a los fundamentos de los precedentes "Salas" (Fallos: 334:275), "Zanotti" (Fallos: 335:430) y "Ibáñez Cejas" (causa I.120.XLVIII, sentencia del 4 de junio de 2013), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en los precedentes 'Salas' (Fallos: 334:275), 'Zanotti' (Fallos: 335:430) y en la causa I.120.XLVIII. 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN - M de Defensa FAA - dto. 1104/05, 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seguridad', fallada con fecha 4 de junio de 2013, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."
Sin votos en disidencia relevantes en el texto transcripto.
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- Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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