Alandi Tejerina, Juan Domingo s/causa nº 34328
El recurso de queja interpuesto por Juan Domingo Alandi Tejerina fue admitido por la Corte Suprema, que declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta en lo que fue motivo de agravio. La Corte ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme al precedente Casal, aplicable al caso.
¿Quién es el actor?
Juan Domingo Alandi Tejerina (recurrente, asistido por el Dr. José Fernando Teseyra).
¿A quién se demanda?
Corte de Justicia de la Provincia de Salta (tribunal de origen), en el marco de la causa penal tramitada ante la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Salta.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia penal dictada en la causa n° 34.328.
¿Qué se resolvió?
La mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue motivo de agravio, acumuló la queja al principal y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento de acuerdo con el precedente "Casal".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en el precedente 'Casal' (Fallos: 328:3399), a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad." El voto del Dr. Petracchi, en disidencia, sostuvo que "el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y, en consecuencia, desestimó la queja e intimó a la parte recurrente a acompañar la copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito del art. 286 del CPCCN.
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Normas que cita
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- CasalCSJN · 20/06/2005 · Fallos 328:3399
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