Berrafato, Diego Juan y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otro s/programa de propiedad participada
Diversos trabajadores y jubilados de Telefónica de Argentina S.A. y Telecom Argentina S.A. reclamaron por el programa de propiedad participada (PPP) de la empresa privatizada. La Corte Suprema declaró procedentes las quejas y los recursos extraordinarios y revocó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de la causa Domínguez (D.281.XLV, sentencia del 10 de diciembre de 2013), y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Diego Juan Berrafato y otros (conjunto de trabajadores/beneficiarios del programa de propiedad participada, junto con los demás actores de las causas acumuladas).
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A., Telecom Argentina S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
vinculado al programa de propiedad participada (PPP) de las empresas privatizadas.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes las quejas y los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas con el alcance indicado, impuso costas por su orden según el art. 68 del CPCCN, y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa D.281.XLV 'Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participada', sentencia del 10 de diciembre de 2013, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios: su argumentación se remite íntegramente al precedente "Domínguez".
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participadaCSJN · 10/12/2013
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