Vázquez Tubio, Valentina c/ General Tomás Guido S.A. Comercial Industrial y Financiera y otros Y OTRO s/daños y perjuicios
La Corte Suprema declaró procedente la queja deducida por la aseguradora citada en garantía en un reclamo por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito. El Tribunal revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, limitando la ejecución de la sentencia a los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Valentina Vázquez Tubio.
¿A quién se demanda?
General Tomás Guido S.A. Comercial Industrial y Financiera y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remitió, por razón de brevedad, a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros" y "Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro", sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones dio por reproducidas. Se consideró inoficioso el dictamen de la Procuradora General.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
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