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Corte Suprema

JOHNSON Y JOHNSON MEDICAL SA (TF 23980-A) c/ DGA s/

El Fisco Nacional (DGA) interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en un litigio aduanero sobre la aplicación del art. 959, inciso a, del Código Aduanero. La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso y revocó la sentencia apelada, con costas, remitiendo a los fundamentos de la causa Petrobras Energía S.A..

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 4. XLIX. REX
Codigo aduanero Art. 959 inc. a Recurso extraordinario Direccion general de aduanas Fisco nacional Tribunal fiscal de la nacion Remision a precedente Costas Procedencia formal.

Actor/Recurrente: Fisco Nacional (Dirección General de Aduanas), representado por la Dra. Paula Gabriela Pescio.

Demandado/Recurrida: Johnson & Johnson Medical S.A., representada por el Dr. Miguel Ángel Emery, con patrocinio del Dr. Hernán Cancellieri.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inteligencia del art. 959, inciso a, del Código Aduanero, en el marco de un recurso contra una resolución del Tribunal Fiscal de la Nación (TF 23.980-A).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La cuestión relativa a la interpretación del art. 959, inc. a, del Código Aduanero fue examinada por el Tribunal en la causa "Petrobras Energía S.A. (TF 21.509-A) c/ Dirección General de Aduanas", sentencia del 6 de marzo de 2014, a cuyos fundamentos se remite en lo pertinente "por razones de brevedad". La Procuradora Fiscal había dictaminado previamente.

Fallos que cita

  • Petrobras Energía S.A. (TF 21.509-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · 06/03/2014

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