JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALTAMIRANO HUGO ANIBAL Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA SA Y OTRO Y OTRO s/PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA

La Corte Suprema declaró procedentes las quejas y los recursos extraordinarios interpuestos por los actores en los reclamos contra Telecom Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A. por el Programa de Propiedad Participada. Revocó las sentencias apeladas remitiendo, por razones de brevedad, a los fundamentos de la causa Domínguez (D.281.XLV).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 872. XLVI. RHE
Programa de propiedad participada Telecom argentina Telefonica de argentina Privatizacion Recurso extraordinario Queja Revocacion Remision a precedente Costas Reenvio

¿Quién es el actor?

Hugo Aníbal Altamirano y otros (y los restantes accionantes individualizados en las quejas agrupadas).

¿A quién se demanda?

Telecom Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo vinculado al Programa de Propiedad Participada (PPP) de las empresas privatizadas de telecomunicaciones.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes las quejas y los recursos extraordinarios, se revocaron las sentencias apeladas con el alcance indicado, con costas, y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que las cuestiones traídas guardan "sustancial analogía" con las debatidas y resueltas en la causa D.281.XLV "Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participada" (sentencia del 10 de diciembre de 2013), a cuyos "fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad". La sentencia no transcribe fundamentos propios adicionales.

Fallos que cita

  • Domínguez, Susana Isabel y otros c/ Telefónica de Argentina S.A. y otros s/ programa de propiedad participadaCSJN · 10/12/2013

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