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Corte Suprema

Tevez, Gloria Alejandra y otros c/ Transportes Automotores Riachuelo S.A. y otro Y OTRO s/daños y perjuicios

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la empresa de transporte y su aseguradora. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y declaró que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 256. L. REX
Franquicia de seguro Oponibilidad al tercero damnificado Seguro obligatorio de transporte de pasajeros Limites de la contratacion Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso extraordinario Ley 48 Garantia mutual Transportes automotores riachuelo.

¿Quién es el actor?

Gloria Alejandra Tévez y otros.

¿A quién se demanda?

Transportes Automotores Riachuelo S.A. y otro (la aseguradora Garantía Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros fue citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por el orden causado en su imposición (se imponen con costas, sin distinción adicional).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones se dan por reproducidas. Se afirma que los agravios remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las ya examinadas, y se hace aplicación del art. 16, segunda parte, ley 48. No se transcriben citas textuales adicionales en el texto disponible.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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