Procesamiento Industrial Laminados ARG R SA (TF 19396-I) c/ DGI s/
El Fisco Nacional (AFIP-DGI) recurrió por vía de recurso ordinario de apelación los honorarios regulados por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III, a favor de los abogados de la contraparte en un proceso de ejecución fiscal. La Corte Suprema declaró admisible el recurso pero confirmó la decisión apelada, por considerar que los agravios eran una simple discrepancia y que los honorarios se ajustaban a la ley de arancel.
¿Quién es el actor?
Procesamiento Industrial de Laminados Argentinos Residuales S.A. (en la causa figura como parte contraria al Fisco; la carátula consigna "Procesamiento Industrial Laminados ARG R SA (TF 19.396-I) c/ DGI").
¿A quién se demanda?
Fisco Nacional (AFIP-DGI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios de los doctores Horacio O. Díaz Sieiro y Vicente Oscar Díaz, elevados por la Cámara a $1.050.000 cada uno, y fijación de $630.000 para el primero por su actuación en la alzada.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisible el recurso ordinario y confirmó la decisión apelada, con costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los argumentos recursivos constituyen una simple discrepancia con el criterio del sentenciante, pero distan de contener una crítica concreta y razonada de los fundamentos que informan la sentencia, lo cual resulta fatal para la suerte del recurso desde que se parte de una premisa equivocada."
"La base regulatoria está dada por la pretensión fiscal desestimada en autos y los honorarios fijados se encuentran dentro de los parámetros legales que establece la ley de arancel."
Para fijar los honorarios la cámara tuvo presente "la naturaleza, resultado y monto del litigio, la calidad y eficacia de la gestión profesional y las etapas cumplidas", con referencia a los arts. 6, 7, 9, 14, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores.
El recurrente sostuvo que, ante "la exorbitancia del monto del proceso", correspondía aplicar el art. 13 de la ley 24.432, limitando la regulación al 2% del monto del litigio; la Corte no admitió ese planteo.
Admisibilidad: se dirige contra sentencia definitiva, el Estado Nacional es parte y los montos superan el mínimo del art. 24, inc. 6°, ap. a, del decreto-ley 1285/58, modificado por la ley 21.708 y reajustado por la resolución 1360/91.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.432art. 13 · Honorarios profesionales
- Decreto-ley 1285art. 24
- Ley 21.708art. 24
- Resolución 1360
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.