JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Alva Lavado, Michael Diego s/queja

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por Michael Diego Alva Lavado contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y revocó el fallo apelado. Por remisión a la causa Ojeda Hernández, ordenó que el tribunal de origen dé trámite al recurso de apelación del actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 93. L. REX
Recurso extraordinario Queja Remision a precedente Ojeda hernandez Revocacion de sentencia Recurso de apelacion Camara nacional de apelaciones en lo contencioso administrativo federal Tramite procesal Devolucion de actuaciones Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Michael Diego Alva Lavado.

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (el texto no identifica a la contraparte).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no lo describe; la causa se originó en una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I, y el recurso fue deducido con patrocinio del Dr. Hernán de Llano).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, provea lo conducente para dar trámite al recurso de apelación deducido por el actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente promueven el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y decididas en la causa O.113.XLVIII 'Ojeda Hernández, Luis Alberto si causa n° 2739/12', sentencia del 10 de julio de 2014, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad." El tribunal se remite a ese precedente y no desarrolla fundamentos propios en el texto. Adjunta copia del pronunciamiento al que se remite.

Fallos que cita

  • Ojeda Hernández, Luis Alberto si causa n° 2739/12CSJN · 10/07/2014

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