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Corte Suprema

Juárez, María Elida y otros c/ Estado Nacional - MJ Seguridad y Derechos Humanos - Gendarmería Nacional s/personal militar y civil de las ffaa y de seg

El personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad reclamó el cómputo en sus haberes de retiro de los adicionales creados por los decretos 1104/05 y sus modificatorios. La Corte Suprema confirmó las sentencias apeladas en cuanto al derecho al cómputo de dichos adicionales y ordenó que la liquidación se realice conforme a los parámetros fijados en los precedentes Zanotti e Ibáñez Cejas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 138. XLVIII. RHE
Haberes de retiro Adicionales Decreto 1104/05 Computo Liquidacion Personal militar Fuerzas de seguridad Precedente zanotti Precedente ibanez cejas Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

María Elida Juárez y otros; Víctor Horacio Pereyra Murray y otros; Mabel Pascuala Vinchirutti y otros; Felisa Beatriz Ríos y otro; García Segundo y otros; Héctor Daniel Frontini y otros; Osmar Félix Gouguet; José Luis Torres y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; Ministerio de Defensa; Ministerio del Interior; Gendarmería Nacional; Armada Argentina).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cómputo en los haberes de retiro de los adicionales creados por los decretos 1104/05 y sus modificatorios.

¿Qué se resolvió?

se confirmaron las sentencias apeladas en cuanto al derecho al cómputo de los adicionales y se ordenó que, al practicarse la liquidación, se utilicen los parámetros fijados en "Zanotti" (Fallos: 335:430) e "Ibáñez Cejas" (I.120.XLVIII, sentencia del 4 de junio de 2013). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las decisiones de la alzada respecto del cómputo en los haberes de retiro de los adicionales creados por los decretos 1104/05 y sus modificatorios, resultan sustancialmente análogas a lo resuelto, en lo pertinente, por este Tribunal en la causa 'Salas' (Fallos: 334: 275), por lo que corresponde confirmarlas en ese aspecto. Sin perjuicio de ello, atento a la íntima relación entre lo resuelto y la manera en que tales adicionales deben ser liquidados, dichas decisiones deben integrarse con lo decidido por esta Corte en las causas 'Zanotti' (Fallos: 335:430) e I.120.XLVIII. 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN - MO de Defensa FAA - dto. 1104/05, 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad' fallada con fecha 4 de junio de 2013, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275
  • ZanottiCSJN · Fallos 335:430
  • Ibáñez CejasCSJN · 04/06/2013

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