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Corte Suprema

PALLERO HECTOR MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El ANSeS interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 64, segundo párrafo, y 66, inciso b, de la ley 25.827 y ordenó cancelar la deuda con Bonos Serie 3°. La Corte Suprema declaró inoficioso pronunciarse sobre la inconstitucionalidad, dejó sin efecto la entrega de Bonos de Consolidación Tercera Serie y ordenó dictar nuevo fallo conforme al precedente Rebecchi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 869. XLVII. REX
Reajustes previsionales Anses Ley 25.827 Bonos de consolidacion Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Inoficioso Precedente rebecchi Cancelacion de deuda Haberes previsionales

¿Quién es el actor?

Héctor Mario Pallero.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró inoficioso el tratamiento de la inconstitucionalidad de los artículos 64, segundo párrafo, y 66, inciso b, de la ley 25.827; declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario; dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto ordenaba cancelar la deuda mediante la entrega de Bonos de Consolidación Tercera Serie; y devolvió los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado en el precedente "Rebecchi" (Fallos: 328:4726) y en "González, Agustín Víctor c/ ANSeS s/ reajustes varios" (G.646.XLIV, fallado el 28 de octubre de 2014).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las circunstancias que se verifican en la causa resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en la causa G.646.XLIV 'González, Agustín Víctor c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 28 de octubre de 2014 y en el precedente 'Rebecchi', publicado en Fallos: 328:4726, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 25.827arts. 64, 66 · Presupuesto general de la administracion nacional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • RebecchiCSJN · Fallos 328:4726
  • González, Agustín Víctor c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/10/2014

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