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Corte Suprema

GRECO CARLOS c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES s/RECURSO ADMINISTRATIVO DIRECTO

Carlos Greco, por derecho propio, cuestionó la validez de la resolución 283/2006 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Quilmes que lo sancionó en sede administrativa. La Corte hizo lugar a la queja, revocó la sentencia apelada y declaró la nulidad de dicha resolución, por remisión a lo resuelto en la causa Echave.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 335. XLVII. RHE
Potestad disciplinaria universitaria Nulidad de resolucion administrativa Secretario administrativo Recurso extraordinario Queja Autonomia universitaria Universidad nacional de quilmes Recurso administrativo directo Garantia de defensa Sancion disciplinaria.

¿Quién es el actor?

Carlos Greco, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional de Quilmes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de la resolución 283/2006 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Quilmes, dictada en el marco de un procedimiento disciplinario contra el actor (secretario administrativo de la universidad).

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y declaró la nulidad de la resolución 283/2006 (art. 16 ley 48), con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"las cuestiones que se debaten en la presente causa son sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa CSJ 103/2011 (47-E) 'Echave, Julián c/ Universidad Nacional de Quilmes s/ recurso administrativo directo' fallada en la fecha, a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"el estatuto no menciona el cargo de secretario administrativo, al determinar la composición del gobierno de la universidad, mas ello no lo exime de responsabilidad, ni lo sustrae de la potestad disciplinaria." Sostuvo que la normativa universitaria "no efectúa distinción alguna entre funcionarios o empleados a tales efectos" (arts. 90 del Estatuto de 1998 y 94 del Estatuto reformado en 2004), y que, si la conducta de quienes integran el gobierno de la universidad no está exenta de investigación, menos cabe exceptuar a los funcionarios dependientes de aquéllos. Propuso dejar sin efecto la sentencia apelada con costas al apelante en un 80% y 20% a la contraria, y devolver los autos para nuevo fallo.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Echave, Julián c/ Universidad Nacional de Quilmes s/ recurso administrativo directoCSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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