Molinos, Juan Semino SA (TF 26717-A) c/ DGA s/
La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por Molinos Juan Semino SA contra la Dirección General de Aduanas, limitado a la interpretación de normas federales. Confirmó la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del precedente Whirlpool Puntana SA, sin imponer costas por la novedad y dificultad jurídica del asunto.
¿Quién es el actor?
Molinos Juan Semino SA (TF 26.717-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había confirmado la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación en el marco de un reclamo aduanero.
¿Qué se resolvió?
El recurso fue concedido por hallarse en juego la interpretación de normas de índole federal y denegado en lo atinente a la tacha de arbitrariedad, sin que se interpusiera queja. La Corte limitó su jurisdicción a la cuestión federal concedida, aplicó la doctrina sentada en "Whirlpool Puntana SA (TF 21.671-A) c/ DGA" (sentencia del 11/12/2014) y confirmó la sentencia apelada en cuanto pudo ser materia del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Limitada en esos términos la cuestión por decidir, resulta aplicable a su respecto la doctrina establecida por esta Corte al pronunciarse, en la causa CSJ 61/2008 (44-W) 'Whirlpool Puntana SA (TF 21.671-A) c/ Dirección General de Aduanas', sentencia del 11 de diciembre de 2014 cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." La jurisdicción de la Corte "ha quedado abierta en la medida en que la otorgó el tribunal a quo" (conf. Fallos: 313:1202; 315:1687; 316:562 y 1713).
Costas: impuestas por su orden "en atención a la novedad del asunto y su dificultad jurídica (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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