JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otro c/ Jorge Gutiérrez S.R.L. s/cobro de aportes

La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario interpuestos por la Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otra contra la sentencia que había rechazado el cobro de aportes a Jorge Gutiérrez S.R.L. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Federación Única de Viajantes c/ Yell Argentina S.A..

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 440. XLVIII. RHE
Cobro de aportes Viajantes de comercio F.u.v.a. A.v.v.a. Recurso extraordinario Recurso de queja Remision a precedente Revocacion Nuevo pronunciamiento Corte suprema

¿Quién es el actor?

Federación Única de Viajantes de la República Argentina (F.U.V.A.) y Asociación de Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios (A.V.V.A.).

¿A quién se demanda?

Jorge Gutiérrez S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de aportes.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes la queja y el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y remitió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento, por remisión a los fundamentos de la causa CSJ 94/2012 (48-F)/CS1 "Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otro c/ Yell Argentina S.A. y otros s/ cobro de salarios" (sentencia del 7 de abril de 2015), por existir sustancial analogía entre las cuestiones planteadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa CSJ 94/2012 (48-F)/CS1 'Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otro c/ Yell Argentina S.A. y otros s/ cobro de salarios' sentencia del 7 de abril de 2015, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.