JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MURESCO S.A. c/ ESTADO NACIONAL DGA. RESOL 954 A 958/08 (EXPTE 13289-VARIOS/07) s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

La actora impugnó derechos de exportación por contrariar el Tratado de Asunción y el principio de legalidad. La Corte Suprema rechazó el agravio fundado en el Tratado de Asunción y revocó la sentencia apelada respecto de tres permisos de exportación, por haberse impuesto los derechos sin sustento legal durante el período comprendido entre el 5 de marzo y el 24 de agosto de 2002, confirmándola en lo restante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 637. XLVI. REX
Derechos de exportacion Tratado de asuncion Principio de legalidad Resolucion 11/2002 Ministerio de economia Recurso extraordinario Direccion general de aduanas Invalidez Permisos de exportacion Mercosur

¿Quién es el actor?

Muresco S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Dirección General de Aduanas / Ministerio de Economía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de los derechos de exportación impuestos por la resolución 11/2002 del Ministerio de Economía sobre diversas operaciones de exportación.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario; se revocó la sentencia apelada en lo referente a los permisos de exportación 08764 J, 13205 S y 14043 T, y se la confirmó respecto de los restantes. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

En cuanto a la alegada transgresión al Tratado de Asunción, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda remitieron a la doctrina de la causa "Whirlpool Puntana SA c/ Dirección General de Aduanas" (sentencia del 11 de diciembre de 2014), desestimando los agravios en ese aspecto.

En cuanto al principio de legalidad, los jueces Lorenzetti, Fayt y Maqueda aplicaron la doctrina del precedente "Camaronera Patagónica SA c/ Ministerio de Economía y otros s/ amparo" (15 de abril de 2014). Se declaró la invalidez de la resolución 11/02 del Ministerio de Economía para el período comprendido entre el 5 de marzo y el 24 de agosto de 2002, por carecer en ese lapso de sustento legal. Por ello, las operaciones documentadas por los permisos 08764 J, 13205 S y 14043 T, registrados el 25 de abril, el 21 de junio y el 3 de julio de 2002 respectivamente, quedaron comprendidas en ese período y se revocó la sentencia en ese punto.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Resolución 11

Fallos que cita

  • Whirlpool Puntana SA (TF 21.671-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · 11/12/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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