JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MURESCO SA c/ EN DGA RESOL 612/08 (ASAT) Y OTRAS s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por Muresco S.A. contra los derechos de exportación impuestos por la Resolución 11/2002 del Ministerio de Economía, y confirmó la sentencia apelada. Rechazó los agravios sobre transgresión al Tratado de Asunción y sobre el principio de legalidad, remitiéndose a precedentes previos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1019. XLVI. REX
Derechos de exportacion Tratado de asuncion Principio de legalidad Resolucion 11/2002 Ministerio de economia Direccion general de aduanas Recurso extraordinario Mercosur Whirlpool puntana Camaronera patagonica

¿Quién es el actor?

Muresco S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía) y Dirección General de Aduanas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de los derechos de exportación aplicados a las operaciones de la empresa, por considerarlos contrarios al Tratado de Asunción y al principio de legalidad (Resolución 11/2002 del Ministerio de Economía).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el Tratado de Asunción: "resulta aplicable la doctrina establecida por el Tribunal en la causa CSJ 61/2008 (44-W) /CS1 'Whirlpool Puntana SA (TF 21.671-A) c/ Dirección General de Aduanas', sentencia del 11 de diciembre de 2014, a cuyos fundamentos se remiten –en lo pertinente– por razones de brevedad. Por lo tanto, corresponde desestimar los agravios de la recurrente en el mencionado aspecto."

Sobre el principio de legalidad: "resulta aplicable la doctrina del precedente CSJ 486/2007 (43-C)/CS1 'Camaronera Patagónica SA c/ Ministerio de Economía y otros s/ amparo', del 15 de abril de 2014, a la que se remiten en lo pertinente, y que conduce asimismo a desestimar los agravios de la apelante, en razón de la fecha en que se documentaron las exportaciones sobre las que versa esta causa."

Costas: "en atención a la novedad del asunto y su dificultad jurídica (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Nota: el fallo no presenta disidencias expresas; la mayoría de cada cuestión se conforma por los jueces indicados en cada considerando.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Whirlpool Puntana SA (TF 21.671-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · 11/12/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.