Olguín Buccolo, José H. s/extradicion
La Corte Suprema confirmó la resolución del Juzgado Federal nº 3 de Mendoza que declaró procedente la extradición de José H. Olguín Bucolo a la República de Chile para ser sometido a proceso por lesiones graves gravísimas. El Tribunal desestimó el agravio sobre la falta de copia auténtica de la orden de detención, pues fue acompañada por el país requirente, y señaló que la defensa no rebatió la exigencia de salvaguardar la integridad física del requerido.
Actor/Solicitante: República de Chile.
Demandado/Requerido: José H. Olguín Bucolo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
extradición del requerido para someterlo a proceso por el delito de lesiones graves gravísimas, cometido el 8 de marzo de 2009.
¿Qué se resolvió?
confirmar la resolución apelada que declaró procedente la extradición.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...cabe desestimar el agravio de la defensa oficial fundado en el incumplimiento del artículo 5.b. de la Convención sobre Extradición de Montevideo de 1933 en cuanto exige la 'copia auténtica de la orden de detención, emanada de juez competente', toda vez que la misma fue acompañada por el país requirente, según luce agregada a fs. 41."
"...la parte recurrente no se hizo cargo de la respuesta dada por el a quo al señalar que '..deberán solicitarse a las autoridades chilenas, la adopción de medidas tendientes a salvaguardar la integridad física de Olguín Bucolo en el momento de su entrega y durante su permanencia en Chile' (conf. fs. 253)."
El Tribunal decidió de conformidad, en lo pertinente, con el dictamen del Procurador Fiscal.
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