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Corte Suprema

Ottonello, Celia y otros c/ Estado Nacional - Gendarmería Nacional s/personal militar y civil de las ffaa y de seguridad

Los integrantes de las Fuerzas de Seguridad reclamaron el cómputo remunerativo y bonificable de sus adicionales en el marco del régimen de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada respecto de ese derecho y ordenó aplicar, en la liquidación, los parámetros fijados en los precedentes Zanotti e Ibáñez Cejas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 70. XLIX. RHE
Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Adicionales Computo remunerativo y bonificable Decreto 1104/05 Gendarmeria nacional Recurso extraordinario Liquidacion de sentencia Precedente zanotti Precedente ibanez cejas Ley 48 art. 16

¿Quién es el actor?

Celia Ottonello y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Gendarmería Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo relativo al régimen de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad, en particular el cómputo remunerativo y bonificable de los adicionales, en el marco de los decretos 1104/05 y sus modificatorios.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en cuanto reconoce el derecho al cómputo remunerativo y bonificable de los adicionales solicitados. Asimismo, en uso de las facultades del art. 16, segunda parte, de la ley 48, ordenó que la liquidación se practique con los parámetros de los precedentes "Zanotti" e "Ibáñez Cejas". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[L]a decisión de la alzada respecto del decreto 1104/05 y sus modificatorios resulta sustancialmente análoga a lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Salas' (Fallos: 334:275), por lo que los planteos de la demandada relacionados con esos aspectos deben ser desestimados." "Sin perjuicio de ello, dicha decisión a los efectos de su correcta liquidación debe integrarse con lo dispuesto por esta Corte en las causas 'Zanotti' (Fallos: 335:430) e I.120.XLVIII. 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN -MO de Defensa FAA -dto. 1104/05, 751/09 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad', sentencia del 4 de junio de 2013, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

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