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Corte Suprema

CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL P/SU DEFENSA c/ LIDERAR COMPAÑIA GENERAL DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Consumidores Financieros Asociación Civil contra Liderar Compañía de Seguros S.A. y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. El Tribunal remitió a los precedentes PADEC c/ Swiss Medical y Consumidores Financieros c/ La Meridional y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
COM 035912/2011/CS001
Procesos colectivos Accion colectiva de consumidores Seguros Clausulas contractuales Recurso extraordinario Corte suprema Precedente padec Registro publico de procesos colectivos Nulidad de clausulas Defensa del consumidor.

¿Quién es el actor?

Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa, en ejercicio de una acción colectiva de consumidores.

¿A quién se demanda?

Liderar Compañía de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso ordinario (acción colectiva de consumidores contra una aseguradora; el texto no detalla las cláusulas cuestionadas).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas. Ordenó que el tribunal de origen dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto, y que el juez de primera instancia proceda a inscribir la causa en el Registro Público de Procesos Colectivos (acordada 32/2014) y arbitre los medios para dar cumplimiento al párrafo 2°.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al estudio de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en las causas CSJ 361/2007 (43-P) 'PADEC c/ Swiss Medical S.A. s/ nulidad de cláusulas contractuales' y CSJ 519/2012 (48-C) 'Consumidores Financieros Asociación Civil para su defensa c/ La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A. s/ ordinario', falladas el 21 de agosto de 2013 y el 24 de junio de 2014, respectivamente, a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Que, además, corresponde hacer saber al juez de la causa que deberá proceder a su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos creado en la acordada 32/2014."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Padec c/ Swiss Medical S.A. s/ nulidad de cláusulas contractualesCSJN · 21/08/2013

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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