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Corte Suprema

Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires c/ Cablevisión S.A. s/incidente de cumplimiento de medida cautelar

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Cablevisión S.A. y declaró procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia apelada en el incidente de cumplimiento de medida cautelar promovido por el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, ordenó desplazar la radicación de la causa cautelar seguida contra Cablevisión por la Secretaría de Comercio Interior ante el juzgado federal de Mar del Plata.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 648. XLIX. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Medida cautelar Cablevision s.a. Defensor del pueblo Competencia federal Radicacion de causa Incidente de cumplimiento Precedente berazategui Servicios de comunicacion.

¿Quién es el actor?

Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Cablevisión S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de cumplimiento de medida cautelar dictada en el marco de la causa promovida por el Defensor del Pueblo.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas. Remitir las actuaciones a la Cámara Federal de la jurisdicción que corresponda para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Además, desplazar la radicación de la causa "La Capital Cable SA c/ Ministerio de Economía - Secretaría de Comercio Interior de la Nación s/ medida cautelar" que tramitaba ante el juez federal de Mar del Plata. Reintegrar el depósito de fs. 2 y agregar la queja a los autos principales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente atinentes a la concurrencia de los recaudos que condicionan la medida dictada, promueven el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y decididas en la causa CSJ 1145/2013 (49-M) /CS1 'Municipalidad de Berazategui c/ Cablevisión S.A.', sentencia del 23 de septiembre de 2014 a cuyos fundamentos respectivos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Que, además, la solución del pronunciamiento al que se remite ha sido concordemente aplicada en la causa CSJ 610/2014 (50-A)/CS1 'Asociación Civil Sepa Defenderse c/ Cablevisión S.A. s/ amparo', sentencia del 5 de mayo de 2015."

"Que en atención al modo como se resuelve, resulta inoficioso pronunciarse sobre los restantes agravios de la recurrente."

No hay votos en disidencia: el fallo es unánime de los tres ministros firmantes.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

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