JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BUSCAGLIA HORACIO c/ EN-M§ DEFENSA-CITEFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor Horacio Buscaglia reclamó contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa - CITEFA) en un litigio de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 017707/2009/CS001
Recurso extraordinario Queja Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Citefa Ministerio de defensa Remision a precedentes Revocacion

¿Quién es el actor?

Horacio Buscaglia.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa - CITEFA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo vinculado al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (el contenido concreto de la pretensión no surge del texto transcripto).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara, devolviendo los autos para un nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el remedio federal resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en las causas 'Ramos, José Luis c/ Estado Nacional (Min. de Defensa - A.R.A.) s/ indemnización por despido' (Fallos: 333:311), CSJ 1304/2012 (48-C)/CS1 'Cristiani, Hugo Miguel c/ I.O.S.E. - cobro laboral', sentenciada el 18 de noviembre de 2014 y CSJ 510/2011 (47-G)/CS1 'Gómez, Orlando Mario c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia - Policía Federal Argentina s/ Personal Militar y Civil de las FFFAA y de Seguridad', fallada el 27 de noviembre de 2014, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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