JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social c/ Calonje, Martín Nicolás Y OTRO s/ejecución fiscal

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas interpuestas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en múltiples ejecuciones fiscales contra empleadores y revocó las sentencias apeladas. La decisión se fundó en la remisión al precedente Action vis S.A. dictado el 18 de noviembre de 2015, por resultar las cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 175. L. RHE
Ejecucion fiscal Ministerio de trabajo Recurso de queja Recurso extraordinario Seguridad social Infracciones laborales Sentencia remitida Precedente action vis Revocacion Corte suprema

¿Quién es el actor?

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (organismo ejecutante).

¿A quién se demanda?

Diversos empleadores y personas físicas y jurídicas (entre ellos Calonje, Martín Nicolás; Planas, Rafael Armando; Belmar Cárcamo, Verónica del Carmen; Caulo, Ezequiel Amadeo; Cocilobo, Norberto; Coelho, Tenazinha Héctor; Andrada, Cintia Yael; Llamas, Gerardo Daniel; Bossero, Florencia Giselle; Tisne, Damián Horacio; Silvano, Juan Pablo; Pacha, Marcos Daniel; Transillo, Patricia Mónica; Coronel, María Esther; Berdini, Mario; Salvatto, Carlos Daniel; Transportes Hnos. Braiotta S.A.; Viñes, Sebastián; Cao, Pablo Gabriel; Freitte, Jorge Gabriel; Frigorífico Provecar S.A.; Vandenfil S.A. Industrial Algodonera; Carrizo, Gustavo Juan; Movijet S.R.L.; Orlando, Fernando Javier).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecuciones fiscales iniciadas por el Ministerio para el cobro de multas y deudas derivadas de infracciones laborales y de la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y revocó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en el precedente CSJ 627/2014 (Action vis S.A.), al que remitió por razones de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que "las cuestiones debatidas en estas quejas resultan sustancialmente análogas a las examinadas en la causa CSJ 627/2014 (50-M)/CS1", por lo que corresponde remitir a dicho precedente. No se transcriben en el documento consideraciones propias adicionales; la fundamentación de fondo se encuentra en el precedente citado.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.