Recurso Queja Nº 2 - GAUNA LUIS ALBERTO Y OTRO c/ BELTRAMONE GABRIEL TOMAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Corte Suprema declaró procedente la queja interpuesta por la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros en un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte. El Tribunal revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites contractuales.
¿Quién es el actor?
Luis Alberto Gauna y otro.
¿A quién se demanda?
Gabriel Tomás Beltramone y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesiones o muerte).
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se admitió el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se estableció que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden en el sentido de imponerlas a la parte vencida, según lo dispuesto en el fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal remite, por ser sustancialmente análogas, a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas CSJ 166/2007 "Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros" y CSJ 327/2007 "Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro", sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas. Se declara inoficioso el dictamen de la Procuradora General y se oye al Defensor General adjunto. La cita textual del dispositivo: "se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación".
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